TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA – IRPF
¿Qué significa que la renta salga a devolver?
Principales novedades en la renta 2021
Plazos para presentar la declaración de la renta
Algunas deducciones que pueden interesarte
Según los ingresos por trabajo ¿Qué personas están obligadas a presentar la declaración de la renta?
Como cada año, llega la temida fecha de rendir cuentas a Hacienda, pero esto no es siempre una mala noticia, ya que en muchas ocasiones el resultado es que Hacienda te debe devolver dinero. En 2019, último año del que se tienen datos, Hacienda devolvió a los contribuyentes más de 11.000 millones de euros
En el régimen especial de artistas, tu retención de IRPF es del 15%, por esto a lo largo de todo el año en cada una de tus nóminas hemos retenido el 15% y se lo hemos ingresado a Hacienda en tu nombre. Ahora ellos tienen ese dinero, si es superior a lo que te corresponde, te devolverán la parte correspondiente.
Ahora es el momento de que regularices el IRPF, el resultado depende de cada situación personal y familiar, además de tus ingresos. Como artista al tener una retención del 15% tienes una alta probabilidad para que tu renta salga a devolver. Y si no es así… te felicitamos, porque seguramente significa que has ganado mucho dinero en 2021.
¿QUÉ SIGNIFICA QUE LA RENTA SALGA A DEVOLVER?
Seguramente te alegres si tu declaración de la renta sale a devolver “¡Qué ilusión, hacienda me da un dinero extra!”. Nada más lejos de la realidad. La devolución de la renta no es un regalo, ni un premio que te da Hacienda.
Que la renta te salga a devolver significa que Hacienda te devuelve un dinero que has pagado de más. Se lo has pagado durante todo el año, en el concepto de retención de IRPF que se aplica en tu nómina, es parte de tu salario, que las empresas debemos ingresar como anticipo a Hacienda, por este motivo el IRPF se descuenta de tu nómina, de ahí la diferencia entre salario bruto y salario neto.
PRINCIPALES NOVEDADES EN LA RENTA 2021
La principal novedad este año es el nuevo tramo para las personas que hayan ganado más de 300.000 euros, a las que se les retendrá el 47%
Este año se incluye la declaración de criptomonedas, si has adquirido criptomonedas y en 2021 las has vendido percibiendo un importe en euros, deberás tributar por la diferencia entre el valor de adquisición y el importe obtenido en la venta. Si has permutado una criptomoneda por otra, deberás computar la correspondiente ganancia o pérdida patrimonial.
En nuestra comunidad autónoma, también se incluyen unas deducciones especiales para los residentes en la Palma que han sido afectados por la erupción volcánica.
PLAZOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
El plazo finaliza el 30 de Junio 2022
FORMAS DE PRESENTACIÓN
Puedes presentar la declaración de la renta por internet, por teléfono y de manera presencial.
- Online: A partir del 6 de Abril puedes presentar la declaración de manera telemática a través de Renta Web, que ofrece un servicio de ayuda para tramitación de la declaración. Para ello, debes usar algún sistema de identificación (certificado electrónico, sistema Cl@ve PIN o número de referencia)
- Teléfono: Se podrá confirmar el borrador mediante llamada telefónica, siempre con cita previa. La cita se puede pedir a partir del 3 de mayo y se asignarán citas para presentación de la declaración por teléfono a partir del 5 de mayo. Los teléfonos para pedir cita previa son 91 535 73 26 o 901 12 12 24, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. También se puede pedir la cita previa para atención telefónica por internet.
- Presencial: Hacienda pone a disposición de los contribuyentes de manera gratuita citas presenciales para la tramitación y presentación de la declaración de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria. Es necesario concertar cita del 26 de mayo al 29 de junio en internet o llamando a los teléfonos 91 553 00 71 o 901 22 33 44 de lunes a viernes de 9 a 19 horas.
Si optas por la tramitación presencial, el día de la cita debes acudir a la oficina de la Agencia Tributaria con toda la información necesaria para tu declaración (DNI de las personas que figuren en la declaración, IBAN de cuenta bancaria, referencias catastrales de los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler, así como todos los datos con los que cuentes y vayas a incluir en tu declaración de la renta.
Si tienes claro que necesitarás esta ayuda, es importante que pidas cita cuanto antes, porque las plazas son limitadas.
Para recibir asistencia de la Agencia Tributaria para realizar la declaración debes cumplir los siguientes requisitos :
- Tener rendimientos de trabajo inferiores a 65.000 €.
- Tener rendimientos de capital mobiliario inferiores a 15.000 €.
- No ser autónomo ni haber tenido ingresos de actividades económicas.
- Tampoco debes haber vendido tu casa o tener más de una vivienda en alquiler.
NUESTRO CONSEJO
Desde Gotan Art te aconsejamos no apresurarte a presentar la declaración.
Lo mejor es que revises todos los datos, ya que en el borrador que se obtiene de la Agencia Tributaria no están contempladas muchas de las deducciones de las que puedes beneficiarte.
Muchas veces nos pueden las prisas y queremos confirmar el borrador lo antes posible, ¡no caigas en la trampa!, Si lo haces de manera apresurada, seguramente lo confirmes incompleto, no te beneficies de deducciones que puedes aplicar o te arriesgues a una sanción.
Hacienda no hace el trabajo por ti, ni te da el borrador ya completo perfectamente hecho para que tú solo lo confirmes, no es así. La Agencia Tributaria en el borrador indica lo básico y depende de ti que incluyas todas tus rentas y resto de datos para deducciones. Conviene dedicarle el tiempo suficiente, quizá de eso dependa que te salga a pagar o a devolver.
TE ACONSEJAMOS LO SIGUIENTE:
- Solicita a todas las empresas con las que has trabajado en 2021 tu certificado de retenciones
Los artistas que han trabajado con Gotan Art en el año 2021, pueden descargar su certificado de retención en su área personal en la plataforma desde nuestra página web en el Acceso Artistas con usuario/contraseña y accediendo al apartado Documentos/Otros documentos.
El certificado de retenciones es un documento que acredita tus ingresos y retenciones con cada empresa con la que has trabajado, con este documento podrás ver cuáles son tus ingresos y las retenciones que te ha practicado la empresa.
La empresa está obligada a proporcionarte el certificado de retenciones, si por algún motivo no se lo pudieras solicitar o no te lo entregaran, también puedes pedírselo a Hacienda, ellos te lo proporcionarán.
Si quien te ha pagado es la Seguridad Social o el SEPE, deberás dirigirte al organismo para solicitar el certificado de IRPF por el paro o por un ERTE, por ejemplo. Puedes descargarlo identificándote en su página web.
- Descarga tus datos fiscales
Puedes descargar tus datos fiscales desde la propia web de la agencia tributaria. Revísalo bien, comprueba que las cantidades de retribuciones dinerarias y retenciones indicadas son correctas, así como tu domicilio fiscal y otros datos que figuran en este documento. Comprueba si falta algo que no esté indicado (ayudas, subvenciones…)
- Solicita tu borrador
Solicita tu borrador y revísalo atentamente, hay muchos datos que debes introducir tú porque no figuran en el borrador (alquileres, ayudas públicas, las deducciones y reducciones fiscales a las que te puedas acoger)
- Infórmate bien de todas las deducciones que puedes aplicar
Existen deducciones por gastos médicos (incluido gafas graduadas, lentillas, audífonos…), deducciones familiares (gastos de guardería, familia numerosa, monoparental, nacimiento de hijos, familiares dependientes con discapacidad…), deducciones por vivienda (si eres inquilino y tu vivienda habitual es de alquiler, obras en la vivienda por personas con discapacidad, obras de rehabilitación energética…), deducciones por donaciones (con finalidad ecológica, a entidades sin ánimo de lucro, aportaciones a fines culturales, a patrimonio histórico de Canarias…).
Además de las deducciones estatales, hay deducciones autonómicas. De hecho, muchas deducciones son autonómicas y corresponden únicamente a la comunidad autónoma en la que resides, por lo que conviene enterarte de cuáles hay en las islas Canarias y si puedes beneficiarte.
Las islas afortunadas, son una de las comunidades que cuenta con mayor número de deducciones autonómicas, nosotros te indicamos más abajo las más destacadas, pero recuerda que hay muchas más.
- Acude a profesionales
Desde Gotan Art recomendamos acudir a profesionales para realizar la declaración de la renta. Cuando hablamos de profesionales, nos referimos a una asesoría especializada, no tu prima que “entiende de papeleo”, a tu cuñado que seguro sabe hacerlo o a tu vecino el que te debe un favor.
Si por algún motivo no puedes permitirte una asesoría, recuerda que la Agencia Tributaria ofrece cita presencial para tramitarlo con ellos. Pero siempre que puedas, elige la opción de asesoría, no suele tener un coste muy elevado y te asegurarás de completar todo el trámite de la mejor manera y no cometer errores que puedan llevarte una sanción.
Si estás acostumbrado a este tipo de trámites y tu declaración no es muy compleja, también puedes hacerlo tú mismo.
ALGUNAS DEDUCCIONES QUE PUEDEN INTERESARTE
Desempleo
Cuantía de la deducción: 100€
Requisitos:
- Haber estado en situación de desempleo más de seis meses en 2021
- La suma de los rendimientos íntegros de trabajo (casilla 0012) debe ser superior a 14.000€ inferior a 22.000€
- La suma de la base imponible y general no puede superar los 1.600€(casilla 0435 + casilla 0460 – casilla 0025)
Gastos médicos
Cuantía de deducción: 10% de gastos, con límite de 500€ en tributación individual y 700€ en tributación conjunta. Estos límites se aumentan en 100€ cuando sea una persona con discapacidad igual o superior al 65%
Conceptos: Gastos médicos (excepto gastos en farmacia), además de los gastos abonados a profesionales médicos, se incluyen los gastos en salud dental, gafas graduadas, lentillas, audífonos o cualquier elemento que se destine a deficiencias físicas.
Requisitos:
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 39.000€ en tributación individual y 52.000€ en tributación conjunta
- Se deben tener las correspondientes facturas y justificante de pago (no se admiten pagos realizados en efectivo)
Gastos de guardería
Cuantía de deducción: 15% de gastos, con límite de 400€ por niño
Conceptos: Gastos de guardería de niños menores de 3 años
Requisitos:
- Debes ser padre/madre/tutor con quien convivan los niños
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 39.000€ en tributación individual y 52.000€ en tributación conjunta
- Se deben tener las correspondientes facturas
Alquiler de vivienda habitual
Cuantía de deducción: 20% del alquiler anual, con un máximo de 600€ anuales
Conceptos: Gastos de alquiler de vivienda como inquilino
Requisitos:
- Se debe indicar el NIF del arrendador y datos catastrales de la vivienda
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 20.000€ en tributación individual y 30.000€ en tributación conjunta
- La cantidad destinada a alquiler debe superar el 10% de la base imponible general (casilla 0435)
Traslado de residencia a otra isla por motivos laborales
Cuantía de deducción: 300€
Conceptos: Traslado de residencia habitual de una isla a otra del archipiélago canario por motivos laborales, tanto por trabajo por cuenta ajena como por cuenta propia
Requisitos:
- Se debe permanecer en la isla de traslado en los tres años siguientes al traslado
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 39.000€ en tributación individual y 52.000€ en tributación conjunta
Por nacimiento o adopción de hijos
Cuantía de deducción: 200€ si es el primer o segundo hijo, 400€ si es el tercero, 600€ si es el cuarto y 700€ del quinto en adelante.
En el caso de discapacidad igual o superior al 65%, se suman 400€ más si se trata del primero segundo hijo y 800€ si se trata del tercer o posterior hijo.
Requisitos:
- Hijos nacidos o adoptados en el año 2021
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 39.000€ en tributación individual y 52.000€ en tributación conjunta
Familia monoparental
Cuantía de deducción: 100€
Concepto: Familia monoparental con hijos a tu cargo menores de edad, o mayores de edad con discapacidad, o hijos que aunque no convivan contigo, dependan económicamente de ti y estén internados en centros especializados
Requisitos:
- Que tus hijos no tengan rentas superiores a 8.000€
- La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, (casilla 0435 + casilla 0460), no debe ser superior a 39.000€ en tributación individual y 52.000€ en tributación conjunta
Familia numerosa:
Cuantía de la deducción: 450€ cuando se trate de familia números general (hasta 4 hijos) y 600€ cuando se trate de familia números especial (5 o más hijos)
Cuando alguno de los cónyuges o descendientes tenga discapacidad igual o superior al 65% , la deducción será de 1.000€ en familia numerosa general y 1.110€ en familia numerosa especial.
Requisitos:
- Debes contar con el título de familia numerosa correspondiente
Deducciones específicas para la isla de La Palma como consecuencia de la erupción volcánica
Los residentes en la Palma cuentan con unas deducciones especiales, en cuanto a gastos por enfermedad, cesión de uso temporal y gratuito, pérdida de vivienda, inmuebles destinados a trabajo y vehículos.
También afecta a la deducción por mínimo personal, familiar y por discapacidad para residentes en La Palma
Cuando el resultado de la declaración es negativo (con el signo -) significa que es el importe que te Hacienda te devolverá
SEGÚN LOS INGRESOS POR TRABAJO ¿ QUÉ PERSONAS ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?
Respecto a los ingresos anuales que has obtenido, debes presentar la declaración de la renta si te encuentras en algunas de estas situaciones:
- Si has tenido ingresos anuales de 22.000€ o más estás obligado a presentar la declaración. Si tus ingresos proceden de un único pagador, no estás obligado a presentar la declaración (Igualmente, sí te interesaría hacerla para recuperar cantidades abonadas de más en las retenciones de IRPF de tu nómina)
- Si tus ingresos anuales son inferiores a 22.000€, pero has tenido varios pagadores, tampoco estás a obligado a presentar la declaración, siempre y cuando la suma de lo ingresado por el segundo y resto de pagadores no superen 1.500€ brutos anuales. Por ejemplo, si recibes del primer pagador 17.000€, de un segundo pagador 1.000€ y de un tercer pagador 300€, NO estás obligado a presentar la declaración.
- Si has percibido prestaciones, como pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, ERTE, pagos por bajas médicas… se consideran también un pagador.
- Si has tenido varios pagadores, pero tus ingresos anuales son inferiores a 14.000€, pero has tenido varios pagadores, aunque la suma del segundo y resto de pagadores supere 1.500€, no estás obligado a presentar la declaración. Si la suma de todos los pagadores sí supera 14.000€ estarás obligado a presentar la declaración.
- Si has recibido ayudas, subvenciones o has estado en 2021 en ERTE o ERE, sí estás obligado a presentar la declaración.
Ahora que tienes un poco más de información, revisa todos tus datos y ponte manos a la obra para preparar tu declaración de la renta. Recuerda que aunque no estés entre las personas obligadas a presentar la declaración, te recomendamos hacerla para poder recuperar la parte de las retenciones de IRPF que te corresponda.
En Gotan Art seguimos trabajando para proporcionar información laboral a todos los artistas de Canarias.
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