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NUEVA PRESTACIÓN ESPECIAL PARA ARTISTAS

PRESTACIÓN ESPECIAL DE DESEMPLEO PARA ARTISTAS

En vigor desde 1 de Julio de 2023


El BOE publicó el 11 de enero el RD ley 1/2023 nuevas mejoras de la protección social de Artistas.

Una de estas medidas incluye una nueva prestación especial por desempleo para Artistas, incluyendo a las personas que  que desarrollan su actividad en artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como actividades técnicas y auxiliares.

Esta prestación entra en vigor el 1 de Julio de 2023

¿Qué requisitos debo cumplir?

El requisito principal es que la situación legal de desempleo debe ser posterior al 1 de julio de 2023. Puedes acceder a esta prestación especial de artistas si no tienes derecho a la prestación contributiva ordinaria y además cumples alguno de los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado y tener 60 días cotizados en actividad artística en los últimos 18 meses.
  • Estar desempleado y tener 180 días de alta en Seguridad Social en actividad artística en los últimos 6 años, siempre que no hayan sido computadas para el reconocimiento de una prestación anterior.
  • No tener derecho a una prestación contributiva ordinaria por desempleo. Si tuvieras derecho a prestación contributiva ordinaria, pero prestación especial de Artistas fuera más beneficiosa, podrás renunciar la prestación contributiva y acceder a la prestación especial de Artistas

Esta medida entra en vigor el 1 de Julio de 2023.

¿Cuánto cobraré por la prestación?

El importe que vas a cobrar depende de tus últimas bases de cotización

  • Si la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días de servicios en actividad artística es inferior a 60 euros, la cuantía será de 80% del IRPEM, actualmente en 2023 serían 480 euros al mes.
  • Si la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días de servicios en actividad artística es superior a 60 euros, la cuantía será de 100% del IRPEM, actualmente en 2023 serían 600 euros al mes.

Esta prestación especial no es compatible con: un trabajo por cuenta propia, un trabajo por cuenta ajena o cualquier otra prestación como la renta, el salario o ayudas concedidas por la Administración Pública.

¿Durante cuánto tiempo cobraré la prestación?

La prestación tendrá una duración de cuatro meses.

Si la prestación especial se solicita dentro del plazo de los quince días siguientes a la fecha de la situación legal de desempleo en la actividad artística, el derecho nacerá el día siguiente al de dicha situación legal de desempleo

¿Cómo puedo solicitarlo?

Puedes solicitar la prestación especial de Artistas personalmente en una oficina del SEPE con cita previa.

También podrás realizar la solicitud de Prestación Especial de Artistas a través de la sede electrónica del SEPE o través de presolicitud, seleccionando Presolicitud de prestación individual y marcando “Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)”. En el campo “Observaciones” debes indicar que solicitas la prestación especial de artistas.

En Gotan Art seguimos trabajando para proporcionar información laboral a todos los artistas de Canarias.

Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro, La Gomera

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