MODIFICACIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DE IRPF DE ARTISTAS
IRPF Artistas – Actualización 2023
¿Qué ha cambiado?
Ha cambiado el tipo de IRPF de Artistas en 2023. Recientemente ha sido modificado el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con importantes cambios para los Artistas, publicado en el BOE Real Decreto 31/2023, de 24 de enero. Con efectos desde el 26 de enero de 2023 se modifica el apartado 2 del artículo 86 del Reglamento de IRPF.
Hasta el 25 de enero de 2023, el tipo mínimo de retención de IRPF aplicable a los Artistas era del 15%, con esta modificación el tipo mínimo pasa a ser del 2%. Esta modificación es una gran noticia, ya que era una de las principales recomendaciones en el Estatuto del Artista, por lo que es bien recibida por el sector artístico.
¿En qué me afecta?
A partir de ahora, en el ámbito de los rendimientos de trabajo, implica que el tipo de retención se module en función del nivel de rentas del trabajador. De esta manera, el tipo de IRPF que te corresponda estará relacionado con tu nivel de ingresos, cuánto más elevados sean tus ingresos, más será el importe a pagar a Hacienda.
Como sabes, en cada una de tus nóminas retenemos un porcentaje en concepto de IRPF, ese importe es el que ingresamos a Hacienda en tu nombre, se considera un “adelanto de dinero” a la Agencia Tributaria de lo que te corresponde, que se regularizará cuando presentes tu declaración de la renta.
Anteriormente ese porcentaje en concepto de IRPF era mínimo del 15%, pero a partir de ahora con la nueva modificación todo esto cambia y es muy importante realizar cálculos precisos en este aspecto a la hora de determinar el tipo de IRPF a aplicar.
Al modificarse la norma, se indica que el tipo mínimo aplicable de IRPF será del 2% para los artistas. Cuidado, esto no significa que esta sea la retención que te corresponde, ya que como hemos comentado, la retención que te corresponde estará relacionada con tu nivel de ingresos.
¿Cómo puedo calcular el tipo de retención que me corresponde?
Es muy importante que calcules el tipo de IRPF que te corresponde según tu nivel de ingresos y tu situación personal y familiar, ya que si tu retención es inferior a la que te corresponde, esa diferencia será el resultado a pagar en tu declaración de la renta.
En cambio, si tus retenciones han sido superiores a lo que te corresponde, el resultado de la declaración de la renta será a devolver (Hacienda te devolverá el importe que se haya ingresado de más).
La Agencia Tributaria cuenta con una herramienta para calcular la retención de IRPF. Una vez completados los campos, se obtiene el resultado de la retención de IRPF que te corresponde en 2023.
En el caso de los Artistas, en el apartado de contrato o relación del menú Datos Personales, se debe seleccionar la segunda opción (relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan actividades escénicas, audiovisuales y musicales, y de quienes realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad)
Para realizar este cálculo debes estimar los ingresos que tendrás a lo largo del año. Recuerda que el cálculo se realiza siempre sobre el salario bruto (antes de descontar las deducciones correspondientes a IRPF y Seguridad Social).
Esta cantidad anual es la que debes indicar en el apartado Retribuciones totales del menú Datos económicos.
En el menú Resultados obtendrás el Tipo de retención aplicable. Este dato será el porcentaje que te corresponde según los datos que has introducido.
Puedes acceder aquí a la Herramienta de cálculo de IRPF de la Agencia Tributaria
¿Qué tipo de retención tendré en Gotan Art?
En Gotan Art, siguiendo la normativa actual, aplicaremos el tipo de IRPF que te corresponda según tus ingresos.
Este cálculo lo realizamos, evidentemente, en base a tus ingresos brutos únicamente en Gotan Art, ya que son los datos económicos de los que disponemos, por lo que nuestro sistema realiza el cálculo en relación a tus actuaciones registradas en nuestra plataforma.
- ¿Trabajas con varias empresas?: Si realizas actuaciones con varias empresas, es importante que calcules de manera personal el porcentaje de IRPF que te corresponde, para evitar tener que pagar a Hacienda en la próxima declaración de la renta. Recomendamos contactar con todas las empresas con las que trabajas para solicitar que apliquen en tu nómina, como mínimo, el tipo de IRPF que has obtenido en tu cálculo. Recuerda que el trabajador tiene derecho a solicitar a las empresas para las que trabaje que le aumenten el porcentaje de retención.
- ¿Trabajas solamente con Gotan Art?: En el caso de los Artistas que trabajan únicamente en Gotan Art y no perciben nóminas de otras empresas a lo largo del año, han sido contactados a lo largo del mes de febrero, e informados de manera individual en el caso de personas que actúan solas y al representante del grupo en el caso de artistas que actúan en conjunto, para proporcionarles toda la información relativa a los cambios que esta normativa supone, indicándoles el tipo de IRPF que se les aplicará a partir de ahora, por lo que no deben preocuparse, ya que los cálculos se han realizado de manera personalizada en base a sus ingresos. Al ser un impuesto progresivo, estos cálculos tendrán un seguimiento, ya que las condiciones económicas pueden variar a lo largo del año.
Si trabajas en Gotan Art, tienes registradas actuaciones en nuestra plataforma y quieres modificar el tipo de retención de IRPF, debes contactarnos para que podamos realizar los cambios.
En Gotan Art seguimos trabajando para proporcionar información laboral a todos los artistas de Canarias.
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